Somos un laboratorio de medición de ruido en Valencia y ofrecemos nuestros servicios a particulares y empresas.
Desde Acustic Control nos gustaría hablarte en el post de hoy de cómo se penaliza en nuestro país la contaminación acústica.
El delito por exceso de ruido cada vez es más frecuente en los tribunales, sobre todo por la mayor sensibilidad en la protección del medio ambiente y de la salud física y psíquica de las personas. El artículo 325 del Código Penal, tras la última reforma del 1 de julio de 2015, establece que será castigado con pena de prisión de seis meses a dos años, multa de 10 a 14 meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a dos años el que provoque o realice directa o indirectamente emisiones como ruidos, vertidos, radiaciones, etc. Así, se trata de una triple imposición de pena: de prisión, multa, e inhabilitación del ejercicio de la profesión. Por lo tanto, será mejor que te lo pienses bien antes de incumplir la ley y de molestar a tus vecinos.
El artículo 45 de la Constitución hace referencia a la calidad de vida de las personas y el ruido no sólo factor psico patógeno, sino también una fuente permanente de perturbación de la calidad de vida de los ciudadanos, de ahí que la ley persiga a los que no faciliten esa calidad de vida necesaria.
Si necesitas hacer una medición de ruido en Valencia solo tienes que llamarnos. Estaremos encantados de ayudarte.